Las ayudas y subvenciones tributan así en el IRPF
Si ha recibido algún tipo de ayuda de las administraciones públicas, tiene que tener presente que estas cantidades tributan el IRPF y hay que declararlas en la Renta.
La mayoría de subvenciones o ayudas públicas tributan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), aunque existen algunas que se encuentran exentas de dicha tributación. Desde Compta-Clar, en Cambrils, queremos asesorarle sobre este y otros asuntos fiscales para que pueda gestionar mejor su capital.
Subvenciones exentas
Entre las ayudas y subvenciones que no deben de incluirse en la Renta 2021 porque se encuentran exentas de tributación en el IRPF, están;
- Las prestaciones por maternidad o paternidad: los autónomos, igual que los trabajadores por cuenta ajena, tienen derecho al permiso por maternidad o paternidad. Estas prestaciones se han incluido recientemente en la Ley de IRPF y quedan exentas de tributar.
- Las prestaciones por incapacidad permanente o absoluta.
- Las becas públicas.
- Las ayudas por daños causados por desastres naturales.
- Las indemnizaciones de seguros.
- La capitalización del paro.
- Las rentas mínimas de inserción.
Estas son algunas de las principales ayudas que se encuentran exentas de tributar, aunque es conveniente consultar el acuerdo de concesión de cada ayuda o subvención para determinar si debe o no declararse, ya que en algunos casos puede variar.
Ayudas y subvenciones que tributan
Las ayudas y subvenciones que no se obtienen como autónomo, si no están exentas, se consideran ganancias patrimoniales a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por lo que tienen que declararse como tales.
- Ayudas por adquisición o rehabilitación de una vivienda habitual.
- Ayudas para el alquiler de la vivienda.
- Subvenciones para la adquisición de vehículos.
- Ayudas para la instalación de rampas y ascensores.
- Ayudas para compensar los gastos escolares.
En el caso de los trabajadores autónomos, algunas de estas ayudas podrían considerarse rendimiento de la actividad económica, si pueden relacionarse con la misma. En ese caso, pasarán a tributar como tal. También se considerarán rendimiento de la actividad económica las subvenciones que sustituyan ingresos ordinarios del ejercicio, como algunas de las ayudas concedidas a raíz de la crisis del COVID, o las subvenciones para adquirir elementos patrimoniales relacionados con la actividad.
Las ayudas y subvenciones que se consideran rendimientos del trabajo y que, por lo tanto, tributan de la misma forma son;
- Prestaciones por desempleo, jubilación o incapacidad temporal.
- Las becas que no estén exentas.
- Las ayudas por la compra de material escolar, las becas de comedor y transporte escolar.
- Las ayudas a la integración para sufragar los costes de alimentos, luz y agua.
Como ya hemos indicado, estas subvenciones o ayudas están clasificadas de esta forma, pero es conveniente consultar cada subvención o prestación de forma individual para determinar si realmente tiene que declararse y cómo debe hacerse. En Compta-Clar Cambrils, te asesoramos en todo el proceso de la Declaración de la Renta para que no haya errores y todo esté en orden.