
Declaración de la Renta 2026: ¿Qué pensionistas tienen la obligación de presentarla en Hacienda y quiénes quedan exentos?
La campaña de la Renta 2026, correspondiente a los ingresos del año 2025, trae consigo dudas habituales entre las personas jubiladas: ¿tengo que presentar la declaración del IRPF aunque cobre una pensión? La respuesta depende de varios factores como el importe percibido, el número de pagadores o si se reciben otros ingresos.
¿Cómo tributan las pensiones?
Las pensiones contributivas —como las de jubilación, incapacidad o viudedad— se consideran rendimientos del trabajo a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Por eso, la Seguridad Social realiza una retención mensual en función del importe total, la situación personal y familiar de cada pensionista.
Sin embargo, esta retención no significa necesariamente que el pensionista deba presentar la declaración; es simplemente un adelanto del impuesto que luego se regulariza en la campaña.
¿Quiénes están obligados a declarar?
1. Pensionistas con un solo pagador:
Si la pensión proviene únicamente de la Seguridad Social y el total anual no supera los 22 000 € brutos, no hay obligación de presentar la declaración. Quienes no lleguen a ese umbral podrán optar por declarar voluntariamente si, por ejemplo, quieren solicitar una devolución.
2. Pensionistas con varios pagadores:
La regla cambia cuando el pensionista recibe ingresos de más de una fuente (por ejemplo, una pensión pública y otra privada o complementarías). En ese caso:
- Si las cantidades procedentes del segundo y demás pagadores suman más de 1 500 €, entonces la obligación de declarar se activa aunque el total no supere los 22 000 €.
- Si ese segundo o terceros pagadores no superan los 1 500 €, se aplica el límite de 22 000 €.
Esto significa que alguien con una pensión de 18 000 € y una pequeña pensión privada que sume más de 1 500 € sí debería presentar la renta.
¿Hay pensiones totalmente exentas?
Sí. Algunas prestaciones quedan fuera de la obligación fiscal y no tributan ni obligan a declarar, independientemente de la cuantía. Entre ellas:
- Pensiones por incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez.
- Pensiones por actos de terrorismo o algunas prestaciones familiares.
Consejos prácticos
- Aunque no estés obligado, puede ser conveniente presentar la declaración si la retención aplicada ha sido alta y podrías recibir una devolución.
- Si tienes otras rentas (como alquileres, inversiones o rendimientos de planes privados), estas pueden influir en la obligación de declarar y en el resultado final.
- La Agencia Tributaria y asesores fiscales recomiendan revisar los importes y retenciones con antelación para evitar sorpresas.
